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DESCANSO SEMANAL EN CABINA: YA SE SANCIONA Y CON POLÉMICA
Fenadismer ha informado de que Fomento ya ha establecido un protocolo para sancionar la realización del descanso semanal normal utilizando la cabina del vehículo. Pero su interpretación no está clara.

Habría sido la primera vez que la regulación de los tiempos de conducción y descanso no hubiera estado sometida a la insegura interpretación de los agentes de control… pero no ha sido el caso. Fenadismer ha emitido un comunicado en el que señala que Fomento ya ha establecido el protocolo de inspección a los agentes de control para controlar la realización del descanso semanal normal utilizando la cabina del camión.

Con la entrada en vigor de la modificación del ROTT, se prohíbe esta práctica en aplicación de la sentencia emitida el pasado año por el Tribunal de Justicia Europeo. Y se castiga hasta con 2.000 euros, en función del tiempo de descanso inadecuadamente tomado en la cabina del camión.

Según Fenadismer, el protocolo establece que, en un control en carretera, cuando “el vehículo se encuentre estacionado en parado, una vez localizado el conductor se comprueba el descanso semanal realizado hasta ese momento”. Si el conductor realiza un descanso de 45 horas o más “en este caso tiene que justificar donde ha realizado el descanso, con la factura del hotel pertinente”.

Sin embargo, desde la federación de transportistas señalan que “el protocolo está siendo aplicado por algunos agentes de Tráfico de forma incorrecta, por cuanto el criterio que están aplicando es sancionar no sólo el incumplimiento del descanso en cabina detectado en el momento de la inspección, sino también de otros descansos semanales realizados en periodos anteriores, solicitando al conductor que acredite también en esos casos el justificante del a factura del hotel”.

A partir de estos hechos, Fenadismer afirma en su comunicado que “junto con las restantes organizaciones del Comité Nacional de Transporte por Carretera, mantendrán próximamente una reunión con la Dirección General de Transporte Terrestre, a fin de clarificar y unificar la aplicación de los criterios de inspección relativos a la prohibición del descanso a bordo de los vehículos”.
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